El panorama tributario de inicios de 2026 se ha
visto sacudido por la decisión de la Corte Constitucional (Auto 082 del
29 de enero de 2026) de suspender provisionalmente el Decreto 1390 de 2025,
el cual declaraba la emergencia económica. Esta declaratoria buscaba mitigar un
vacío fiscal de $16 billones tras el hundimiento de la ley de
financiamiento, introduciendo medidas de recaudación extraordinaria. Con la
suspensión, medidas como el Impuesto Especial para la Estabilidad Fiscal
y el incremento generalizado del IVA al 19% para juegos de suerte y azar por
internet quedan en pausa.
El impacto más inmediato se refleja en el Impuesto
Nacional al Consumo (INC) para bebidas alcohólicas. El Decreto 1474
pretendía elevar la tarifa a $750 por grado alcoholimétrico, pero debido
al fallo judicial, los contribuyentes deben retornar a los valores certificados
originalmente para 2025, que son de $360 por grado. En cuanto al Impuesto
al Patrimonio, se suspenden temporalmente las tarifas incrementales del 5%
que se habían propuesto, manteniendo la estructura previa mientras se produce
un fallo de fondo por parte de la Corte. Los profesionales contables deben ser
cautelosos y aplicar las tarifas vigentes antes de la emergencia para evitar
pagos indebidos o inconsistencias en las declaraciones.
Sin embargo en febrero de 2026 el Gobierno de
Colombia declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica y emitio el Decreto
0150 (en reemplazo) por 30 días, enfocado en zonas afectadas por lluvias (Córdoba, Antioquia,
La Guajira, entre otros). Incluye medidas como un nuevo impuesto al patrimonio
para personas jurídicas con activos superiores a 200.000 UVT.
Puntos
Clave del Decreto de Emergencia 2026:
·
Declaratoria (Decreto 0150/2026): Activada el 11 de
febrero de 2026 por 30 días para atender la crisis invernal, permitiendo al
Ejecutivo tomar medidas extraordinarias.
·
Impuesto al Patrimonio (Decreto 0173/2026): Aplica
a personas jurídicas y sociedades de hecho con un patrimonio igual o superior a
200.000 UVT (aprox. $10.474 millones de pesos) a fecha de 1 de marzo de 2026,
con pagos en abril y mayo de 2026.
·
Alivios Tributarios (Decreto 0240/2026): Establece
reducción de sanciones (al 15%) e intereses moratorios (al 4.5%) para deudas
con la DIAN, requiriendo el pago del 100% de la obligación principal para
acceder al beneficio.
·
Reforma en Impuestos de Importación: El Decreto
1474 de 2026 limita la exención de IVA en envíos postales de bajo valor (menos
de USD 50).
·
Financiación: Se autorizó una adición presupuestal
de $8.6 billones para atender la emergencia.
Nota: La Contraloría ha solicitado soportes sobre
la destinación de estos
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